A partir de septiembre de 2011, empezó a regir el Código Procesal Penal, aprobado mediante Ley 63 (2008)

El Código Procesal Penal, aprobado mediante Ley 63 (2008), empezó a regir en el 2011.

En el Segundo Distrito Judicial, Sala de lo Penal y Corte Suprema de Justicia. Implementación que se fue realizando de manera paulatina en los otros Distritos Judiciales (Tercer y Cuarto Distrito Judicial), abarcando finalmente todo el país el 2 de septiembre de 2016, con la incorporación del Primer Distrito Judicial.

Este nuevo modelo de enjuiciamiento penal no solamente implicó reformas a la organización judicial, sino que también conllevó una modificación al régimen recursivo, propiciando que los diferentes actores judiciales (fiscales, querellantes, defensores y jueces), tengan que aprender los nuevos abordajes de los recursos judiciales en audiencias mediante argumentación oral, y cuyas decisiones también toman en audiencia.

El recurso de apelación del cual se estaba acostumbrado interponer por escrito contra los autos emitidos en el proceso de corte inquisitivo, ahora debe sustentarse en oralidad, lo que conlleva el conocimiento de tópicos como: técnicas de argumentación jurídica, qué debe argumentarse en cada tipo de decisiones (medidas cautelares, extinción de la acción penal, exclusión de pruebas por ilicitud, subrogados penales, libertad vigilada, trabajo comunitario, etc).

 

El régimen impugnativo contra las sentencias penales emitidas por los jueces de garantías, tribunales de juicios y jueces municipales penales, varió considerablemente.

Por lo que resulta de gran importancia conocer qué recurso procede contra estas sentencias, cómo se elaboran los escritos contentivos de los recursos de anulación, casación y revisión, qué abarca cada causal, y su sustento en audiencia ante el Tribunal Superior de Apelaciones o Sala Penal de la Corta Suprema de Justicia.

De allí que el Diplomado en Recursos Judiciales en el Proceso Penal de Corte Acusatorio, se abordan todos estos temas, complementándose la parte teórica con simulaciones de audiencias, permitiéndole al participante no solo adquirir o reforzar los conocimientos de las normas que regulan cada recurso, el procedimiento que entraña los distintos medios de impugnación, sino que además, a través de los roles de las partes en un proceso penal, el participante puede desarrollar esas habilidades, destrezas y sobre todo elaborar argumentos precisos sobre el o los puntos impugnados.

 

El recurso de anulación como medio impugnativo novedoso en nuestro proceso penal

Tiene como propósito u objetivo anular el juicio y la sentencia, requiere de cierto conocimiento en la estructura del libelo escrito, aspectos que se resaltan en este Diplomado, con sustento en la jurisprudencia que no solo ha generado los Tribunales Superiores de Apelaciones, sino también la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Sobre todo, en el denominado recurso de anulación con concurrencia de casación, modalidad recursiva que cada vez más se está interponiendo contra las sentencias emitidas por los tribunales de juicio.

No menos importante es que se conozca la modificación que ha sufrido el recurso de casación, en cuanto a las causales que lo sustentan y la interposición del escrito que contiene este medio de impugnación. Igual acontece con el recurso de revisión que ha cobrado vigencia en la actualidad como consecuencia del dinamismo del proceso penal de corte acusatorio.

De la experiencia del primer Diplomado en Recursos Judicial en el Proceso Penal de Corte Acusatorio, se ha podido constatar en interés creciente de los participantes en la medida que se va desarrollando las clases, por lo que exhortamos al estudiantado de derecho, profesionales del Derecho, litigantes, fiscales, ha inscribirse en este Diplomado, el cual le será de utilidad en su vida profesional.

Apprendo Academy comprometido con la excelencia educativa ofrece este Diplomado, cuyo certificado estará avalado por la Universidad del Caribe, como garantía de excelentes resultados en el participante.